CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES

 

 

Qué es

Es un certificado que permite acreditar la carencia de antecedentes penales o en su caso la existencia de los mismos.

Documentación y requisitos necesarios.

NOTA: La información que se describe en este apartado únicamente le afecta si va a realizar su solicitud de forma presencial o por correo postal. Si cuenta con certificado electrónico de usuario, puede optar por la tramitación electrónica de su solicitud, para ello es preciso que acceda a la Sede Electrónica del Ministerio de JusticiaEste enlace se abre en una nueva pantalla.

1.- SOLICITUD.- Se efectuará obligatoriamente a través del Modelo 790 que se puede descargar en esta página u obtener gratuitamente en los siguientes lugares:

2.- ACREDITACIÓN DE LA IDENTIDAD DE QUIEN LO SOLICITA

  • Original de su DNI en vigor si es español.
  • Si se trata de un ciudadano extranjero, original de su tarjeta de residencia (NIE) o pasaporte, o documento de identificación comunitario o equivalente, todos ellos en vigor.

3.- CUANDO EL CERTIFICADO NO SE SOLICITA PERSONALMENTE POR EL INTERESADO SINO POR OTRA PERSONA QUE LO REPRESENTA, ésta además de acreditar su identidad mediante la documentación del punto 2, deberá aportar:

  • Original o fotocopia compulsada del DNI en vigor del representado, cuando sea español.
  • Original o fotocopia compulsada de la tarjeta de residencia (NIE), del pasaporte en su caso, o documento de identificación comunitario o equivalente, del representado, todos ellos en vigor, cuando se trate de ciudadano extranjero.
  • Original o fotocopia compulsada del documento que acredite la representación por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de la misma (documento público autorizado por notario, documento privado con firmas legitimadas por notario o documento privado, otorgado en comparecencia personal del interesado ante empleado público, que hará constar esta circunstancia mediante diligencia).

4.- ABONO DE LA TASA.- Justificación de haber pagado la tasa, que se podrá acreditar de cualquiera de las siguientes maneras:

  • Si el pago se realiza en España.
    • Ha de acudir con el impreso 790 cumplimentado a una entidad financiera colaboradora con la Agencia Tributaria (prácticamente todas) para efectuar la liquidación. El pago se acreditará con la validación mecánica o firma autorizada de la entidad financiera en la copia "ejemplar para la Administración" del impreso 790 que habrá de presentar para la expedición del certificado.
  • Si el pago se realiza desde el extranjero.
    • Ha de acudir con el impreso 790 suscrito a una entidad financiera española colaboradora con la Agencia Tributaria que tenga sucursal en el país desde donde se solicita el certificado. El pago se acreditará con la validación mecánica o firma autorizada de la entidad financiera en la copia "ejemplar para la Administración" del impreso 790 que habrá de remitir.
    • O bien puede ingresar el importe de la tasa mediante transferencia bancaria en la cuenta restringida del Ministerio de Justicia que se indica a continuación y remitir el original del justificante de haber realizado el pago, junto al “ejemplar para la Administración” del impreso 790.
      • ENTIDAD: BBVA
      • NUMERO CUENTA: 0182-2370-42-0208000060
      • TITULAR DE LA CUENTA: Ministerio de Justicia - Cuenta Restringida Recaudación Tasas Extranjero
      • NIF DEL TITULAR DE LA CUENTA: S-2813610-I
      • IBAN o Código Internacional de Cuenta Bancaria: IBAN ES62 0182 2370 4202 0800 0060
      • Código de Identificación Bancario (BIC) del BBVA: BBVAESMMXXX

Precio de la tasa.

Certificado antecedentes penales año 2011...... 3,54 euros.

Este importe se actualiza en el mes de enero de cada año.

IMPORTANTE: deberá ponerse especial cuidado en liquidar correctamente el importe de la tasa, porque si se hiciese por cuantía errónea la entidad financiera no puede devolver la misma y, en caso de solicitar su reintegro, el interesado deberá iniciar un expediente de devolución de ingresos indebidos.

 

Quién puede solicitarlo/presentarlo

Cualquier persona física mayor de edad. No se emiten certificados de personas jurídicas.

 

Información adicional

IMPORTANTE: CUANDO EL CERTIFICADO DE ANTECEDENTES PENALES HA DE SURTIR EFECTOS EN EL EXTRANJERO, NECESITA SER LEGALIZADO. NO SE OLVIDE DE ADVERTIRLO CUANDO LO SOLICITE DONDE SE LO EXPIDAN (Legalización única o Apostilla de la Haya).

En qué casos se expide.

A.- Cuando se solicita por el interesado, directamente o a través de representante.

B.- Cuando se solicita a través del órgano competente, dentro de la tramitación de un procedimiento en el que legalmente se requiere. En estos casos el certificado se envía directamente al mismo.

Para la simplificación en la tramitación administrativa, el Ministerio de Justicia ha suscrito convenios para expedir directamente la certificación de antecedentes penales al órgano competente en los procedimientos que se indican de los Ministerios siguientes:

  • Ministerio del Interior, en el ámbito de la Guardia Civil:
    • Cancelación de antecedentes policiales.
    • Cancelación de notas desfavorables para el personal perteneciente al Cuerpo de la Guardia Civil.
    • Licencias de armas y explosivos
    • Procesos selectivos para el ingreso en las diferentes Escalas del Cuerpo.
    • Guardias particulares de campo.
    • Servicios de Protección y Seguridad.
  • Ministerios del Interior, de Trabajo e Inmigración y de la Presidencia:
    • Permisos de residencia (concesión y renovación) y trabajo de los extranjeros en España.
  • Ministerio de Defensa:
    • Paraselección de oficiales, suboficiales, tropa y marinería.
    • Para cancelación de notas desfavorables en documentación militar.
    • Para selección de reservistas voluntarios.
    • Para concesión de recompensas militares.
  • Ministerio del Interior, en el ámbito policial:
    • Para el Servicio de Protección y Seguridad (vigilantes de seguridad, jefes de seguridad, escoltas privados, detectives privados).
    • Para selección de escalas policiales.
    • Para cancelación de antecedentes policiales/penales.
    • Para cancelación de notas desfavorables.
  • También se expide directamente la certificación de antecedentes penales al órgano competente en los procesos selectivos de personal para la Administración de Justicia.
  • En los procesos judiciales de incapacidad, tutela y curatela, en donde se envían directamente a los Juzgados o Tribunales que entiendan del procedimiento.

NOTA: Si no precisa la expedición de un certificado sino que únicamente desea conocer los datos relativos a su persona contenidos en el Registro Central de Penados., los interesados, acreditando su identidad y sin abono de tasa, tendrán derecho a solicitar el acceso, mediante exhibición de los mismos.

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